Informes y actualizaciones sobre
comercio exterior, normativas vigentes
y su impacto en las operaciones.
Análisis y seguimiento de las regulaciones y tendencias que influyen
en las operaciones de comercio internacional. Información estratégica
sobre el marco normativo.
Informes y actualizaciones sobre comercio exterior, normativas vigentesy su impacto en las operaciones.
Análisis y seguimiento de las regulaciones y tendencias que influyen en las operaciones de comercio internacional. Información estratégica sobre el marco normativo.
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sobre el marco normativo.
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Análisis y seguimiento de las regulaciones y tendencias que influyen en las operaciones de comercio internacional. Información estratégica sobre el marco normativo.
⚡ FLASH NORMATIVO | semana del 15 al 20 de febrero.
Resolución N° 12/2026.Emergencia ferroviaria prorrogada: infraestructura crítica y contradicciones estructurales
Visto el expediente EX-2025-139241492-APN-DGDA#MEC, el decreto de necesidad y urgencia 525 de fecha 12 de junio de 2024, el decreto 526 de fecha 12 de junio de 2024, la resolución 27 de 27 de agosto de 2024 de la Secretaría de Transporte (RESOL-2024-27-APN-ST#MEC), el 18 de febrero de 2026 el Gobierno prorrogó por 24 meses la emergencia pública del sistema ferroviario nacional.
La medida alcanza tanto al transporte de pasajeros como al de cargas y habilita facultades extraordinarias para mantenimiento, importación de repuestos y ejecución de obras urgentes.
La decisión reconoce algo evidente: el sistema ferroviario argentino continúa en estado crítico.
Cuando se trata de transporte, no hablamos solo de movilidad interna, si no de competitividad exportadora, acceso a puertos, cumplimiento de contratos internacionales y estabilidad logística. El ferrocarril es una pieza central del engranaje productivo.
La prórroga de la emergencia se da en un contexto de conflicto con el sector ferroviario. Resulta difícil sostener que el problema se resuelve únicamente ajustando sobre quienes lo sostienen día a día. Las pruebas son contundentes ,el paro nacional del 19 de febrero dejó una señal concreta: con el transporte paralizado, la economía registró pérdidas estimadas en torno a los USD 489 millones en una sola jornada. Cuando los trenes se detienen, no se paraliza solo un servicio: se frena producción, logística y comercio.
Un sistema estratégico no se recupera debilitando a sus trabajadores, sino fortaleciendo , realmente, su estructura. Cuando el enfoque se limita a una sola variable, el riesgo es profundizar una crisis que ya fue oficialmente admitida.
Res. SE N° 42/2026 – Procedimiento para el Cálculo de Derechos de Exportación del Crudo Convencional.
Energía
La Secretaría de Energía dictó la Resolución N° 42/2026 (B.O. 18/02/2026), mediante la cual se aprueba el Procedimiento para la Aplicación del Régimen instituido por el Decreto N° 59/2026 a los efectos del cálculo de la alícuota de los Derechos de Exportación aplicables a los aceites crudos de petróleo provenientes de yacimientos convencionales.
La norma se dicta en el marco de la Ley N° 17.319 de Hidrocarburos, la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) y los Decretos N° 488/2020 y 59/2026.
Aspectos centrales:
- Artículo 1°: Aprueba el procedimiento técnico (Anexo IF-2026-16796209-APN-SSCL#MEC) que establece la metodología aplicable para la determinación de la alícuota de derechos de exportación del crudo convencional, conforme al régimen creado por el Decreto 59/2026.
- Artículo 2°: Designa a la Subsecretaría de Combustibles Líquidos como Unidad de Implementación del procedimiento, sin perjuicio de las facultades reservadas a la Secretaría de Energía en su carácter de Autoridad de Aplicación.
- Artículo 3°: Establece la entrada en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Relevancia técnica y operativa
La resolución no crea un nuevo derecho de exportación, sino que reglamenta el mecanismo de cálculo de la alícuota prevista en el Decreto 59/2026. En consecuencia, otorga operatividad concreta al régimen vigente, aportando mayor precisión en la determinación del tributo aplicable a las exportaciones de crudo convencional.
Para el sector energético y exportador, la formalización del procedimiento resulta clave en términos de previsibilidad fiscal, planificación contractual y estimación de costos en operaciones internacionales.
Res. CMN N° 254/2026 – Notificaciones obligatorias por DEOX
El Consejo de la Magistratura dictó la Resolución N° 254/2026 (B.O. 11/02/2026), en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución CM N° 225/2025 (arts. 6° y 7°), estableciendo las vías exclusivas para la notificación fehaciente de oficios, cédulas, demandas, traslados y comunicaciones judiciales dirigidas al Consejo de la Magistratura, al Poder Judicial de la Nación y a sus tribunales inferiores (con excepción de la Corte Suprema).
Canal principal obligatorio:
Sistema DEOX – Usuario “CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA NACIÓN – PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN” (CUIO 60000033912).
Vías subsidiarias:
Correo electrónico: cm.notificacionesjudiciales@pjn.gov.ar
Postal/presencial: Sarmiento 877, piso 11°, CABA.
La resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
Impacto práctico: Centraliza las notificaciones y refuerza el uso obligatorio de DEOX, siendo clave para evitar defectos formales o nulidades en el diligenciamiento.
CONTACTO
- 54 11 5235-GHRS (4774) / 4775 / 4776 y 4777
- info@grupohrs.com.ar
Oficina central de operaciones:
- Building World Trade Center – Lima 355/369 4th floor B - C.A.B.A.