Informes y actualizaciones sobre
comercio exterior, normativas vigentes
y su impacto en las operaciones.
Análisis y seguimiento de las regulaciones y tendencias que influyen
en las operaciones de comercio internacional. Información estratégica
sobre el marco normativo.
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Reciente sentencia de la Corte que deja tensiones.
La reciente sentencia de la Corte Suprema en la causa “YPF c/ Provincia del Chubut” reabre un debate que parece sacado de nuestras primeras clases de historia: esa tensión irresuelta entre unitarios y federales que, a dos siglos de distancia, sigue encontrando en el sistema tributario su campo de batalla moderno. Al prohibir que las provincias cobren Ingresos Brutos sobre productos destinados a la exportación, el tribunal no solo protege la competencia exclusiva del Congreso Nacional (Art. 75 CN), sino que le pone un límite jurídico a la eterna tentación de fragmentar el mercado interno con «aduanas interiores» indirectas.
Este fallo ratifica la plena vigencia del Artículo 9 de la Ley 23.548 de Coparticipación Federal , que prohíbe taxativamente a las provincias aplicar gravámenes locales sobre bienes destinados a la exportación , impidiendo que se utilice el Artículo 13 del Convenio Multilateral para alterar la sustancia económica de una operación. La Corte es clara: no se puede transformar en imponible lo que, por naturaleza, está exento. El absurdo era evidente: bajo el criterio provincial, un producto procesado y exportado en una sola provincia no pagaba impuesto, pero si cruzaba la frontera para procesarse en otros antes de salir del país, se pretendía gravarlo. Ante esta discriminación arbitraria, la respuesta de la Corte fue un «NO» contundente: si un producto termina exportándose, esa condición debe respetarse en toda la cadena. La eliminación de esta distorsión impositiva permite una determinación del Valor FOB mucho más transparente, alineando la normativa argentina con los estándares de la OMC , que establecen que los impuestos internos no deben ser «exportados» junto con la mercadería.
Bajo este marco de discusiones de fondo, el impacto para el sector PyME aparece como un alivio necesario. En un contexto donde la competitividad se juega en los detalles, contar con seguridad jurídica absoluta es vital. Se elimina la incertidumbre de enfrentar reclamos administrativos arbitrarios y el «costo oculto» de impuestos provinciales sobre mercaderías que solo están de paso.
No obstante, esta decisión judicial nos obliga a mirar la otra cara de la moneda: el financiamiento de las provincias. Es innegable que las jurisdicciones locales necesitan recursos, pero la encrucijada es tanto ética como política. ¿Deben los estados locales depender de la voracidad fiscal sobre la exportación o deberían potenciar sus propios recursos de manera genuina y sostenible? Aquí aparece el dilema del modelo productivo: mientras algunas regiones apuestan al extractivismo puro para engrosar sus arcas, surge la alternativa de proteger el patrimonio natural y el paisaje argentino, entendiendo que el turismo también es una fuente genuina de divisas que merece ser preservada. Buscar alternativas que no implican vulnerar la Constitución ni destruir el entorno es, quizás, la deuda pendiente del federalismo fiscal.
La reflexión que nos deja este precedente es que no se puede construir un país exportador sobre la base de la anarquía tributaria. Lograr un sistema donde la protección de nuestros recursos naturales —ese paisaje que también es soberanía— y el impulso a las ventas externas convivan armoniosamente, es el verdadero desafío.
El verdadero reto no es que la Corte ponga frenos ante violaciones constitucionales, sino que el Poder Legislativo asuma su rol de una vez por todas y deje de esquivar las discusiones estructurales que hoy desprotegen a nuestra soberanía y nuestra tierra. Se trata de defender el federalismo sin permitir que se convierta en una traba para el crecimiento, y de asegurar que el desarrollo económico no sea nunca más la excusa para el descuido de nuestra propia tierra.
Fuentes :
https://www.ambito.com/novedades-fiscales/la-corte-se-expidio-un-fallo-clave-que-protege-las-exportaciones-y-al-federalismo-productivo-n6273416 , publicado el 3 de mayo 2026.
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